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La senadora, junto al presidente de la JUCOPO, Ricardo Monreal, presentó un decreto en materia de protección a la vida, integridad, libertad y seguridad de ambos sectores

Junto con el senador, Ricardo Monreal Ávila, la senadora por Quintana Roo, Marybel Villegas Canché, presentó una iniciativa con proyecto de decreto por el que se modifican diversas disposiciones de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. 

En la iniciativa se considera, en primer lugar, incorporar en la Junta de Gobierno, con derecho a voz, a la persona titular de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas a fin de que su perspectiva y experiencia en atención a víctimas apoyen en la construcción e implementación de medidas para la protección de las personas defensoras de derechos humanos y periodistas.

En segundo lugar, se amplía el margen de sujetos autorizados para presentar la solicitud de incorporación al Mecanismo; así, se dispone que la solicitud para la imposición de medidas puede ser solicitada por el beneficiario, sus familiares, terceras personas, alguna organización que lo represente e incluso, por alguna autoridad que haya conocido del riesgo. Asimismo, se remueve toda formalidad que pudiera ralentizar el proceso de presentación de la solicitud, por lo que ésta podrá presentarse tanto verbalmente como por escrito. 

Por otro lado, tratándose de casos de alto riesgo como los que define la Ley en su artículo 26 que requieren la actuación inmediata de la autoridad, además del procedimiento y las medidas que ya contempla dicho artículo, se propone dar aviso inmediato, mediante la Secretaría de Seguridad Pública, a los cuerpos de seguridad de la circunscripción más próxima al lugar en el que se encuentre el potencial beneficiario a fin de que se brinde la protección suficiente que permita disminuir el riesgo. 

Asimismo, se propone agilizar el trámite de solicitud de protección para los beneficiarios de esta Ley; para ello, se modifica el artículo 29, estableciendo que, tratándose de solicitudes de medidas preventivas o de protección sean comunicadas en menor tiempo, específicamente en un periodo no mayor a 48 horas e implementadas en un periodo no mayor a 15 días naturales, garantizando la eficiencia en la protección y prevención de quienes se encuentran en riesgo o peligro inminente. 

Finalmente, se propone modificar las medidas de protección y las medidas preventivas a fin de robustecer las mismas y lograr una adecuada protección de los beneficiarios. 

La legisladora señaló: “Debido a la naturaleza de los riesgos a los que están expuestos las personas defensoras de derecho humanos y periodistas, es necesario que las medidas de protección y prevención sean acordes, además de los aspectos que señala la ley, a la perspectiva de género para una adecuada planeación e implementación de las mismas; por ello, se incorpora la perspectiva de género como uno de los elementos rectores en la determinación de las medidas, el cual deberá ser aplicado por las autoridades y funcionarios correspondientes.

Según el Barómetro de las Violaciones de la Libertad de Prensa de la organización Reporteros sin Fronteras, para el año 2018, de 67 periodistas asesinados a nivel mundial 8 ocurrieron dentro del territorio mexicano, quedando superado únicamente por Afganistán; para el año 2019, México ocupó la primera posición, con 10 periodistas asesinados . En el mismo sentido, la Organización señala en su Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa 2019 que, de 180 países clasificados, México se encuentra en el lugar 144, esto debido a las intimidaciones, agresiones y asesinatos a manos del crimen organizado o de autoridades señaladas por actos de corrupción, siendo uno de los países más letales del mundo para ejercer el periodismo”. 

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